REGLAMENTO DE DEVOLUCIÓN DE APORTES AL FONAVI

El viernes 13 de enero se ha publicado en El Peruano el D.S. Nº 006-2012-EF, mediante el cual, el MEF aprueba el Reglamento de la Ley 29625 – Ley de Devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores aportantes.

Antecedentes:

-        El dinero materia de devolución corresponde al período que estuvo vigente el Fonavi (julio 1979 – agosto 1998). Cabe recordar que desde setiembre 1998 el Fonavi se convirtió en el Impuesto Extraordinario de Solidaridad (IES).

-        Al trabajador se le devolverá el aporte que el empleador le descontó vía planilla, más los aportes realizados por su empleador.

-        El fonavista beneficiario será el trabajador aportante que se encuentre inscrito en el Padrón Nacional de Fonavistas, inclusive sus herederos en caso de fallecimiento.

-        Los aportes a ser devueltos serán actualizados con la tasa de interés legal.

-        Según la Ley 29625 (El Peruano 08.12.10), las modalidades de devolución podrán ser a través de  (i) viviendas de interés social, (ii) terrenos urbanizados de interés social (iii) en efectivo, (iv) en bonos, (v) en compensaciones tributarias y (vi) en compensaciones de deudas.

-        El cronograma de devolución comprenderá un período de hasta 8 años.

-        La prioridad para la devolución será: Primer orden fonavistas mayores de 60 años, segundo orden fonavistas de 50 a 60 años de edad y tercer orden fonavistas menores de 50 años.

Disposiciones reglamentarias

-        Se conforma una Comisión Ad-Hoc que se encargará de consolidar la información sobre los aportantes al FONAVI.

-        Se reconocen tres fuentes de información: la proporcionada por la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú; la que recabe de la Oficina de Normalización Previsional y de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs; y la que proporcionen los empleadores.

 -        Todos los procedimientos y registros para la devolución del Fonavi serán gratuitos.

-        Se aprueban dos formularios: Formulario 1 de Inscripción al Proceso de Devolución (lo presenta el beneficiario) y Formulario 2 Información de Aportes realizados al Fonavi (debe ser llenado y presentado por el empleador).

-        La Comisión oportunamente difundirá el procedimiento para la recepción del formulario de inscripción.

-        Finalmente se precisa que las acciones y procedimientos de administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos del Fonavi, serán financiados con cargo al presupuesto del MEF.

Date: Enero 16th, 2012 | Categories: noticias | By: | Comments: 0

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