El viernes 13 de enero se ha publicado en El Peruano el D.S. Nº 006-2012-EF, mediante el cual, el MEF aprueba el Reglamento de la Ley 29625 – Ley de Devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores aportantes.
Antecedentes:
- El dinero materia de devolución corresponde al período que estuvo vigente el Fonavi (julio 1979 – agosto 1998). Cabe recordar que desde setiembre 1998 el Fonavi se convirtió en el Impuesto Extraordinario de Solidaridad (IES).
- Al trabajador se le devolverá el aporte que el empleador le descontó vía planilla, más los aportes realizados por su empleador.
- El fonavista beneficiario será el trabajador aportante que se encuentre inscrito en el Padrón Nacional de Fonavistas, inclusive sus herederos en caso de fallecimiento.
- Los aportes a ser devueltos serán actualizados con la tasa de interés legal.
- Según la Ley 29625 (El Peruano 08.12.10), las modalidades de devolución podrán ser a través de (i) viviendas de interés social, (ii) terrenos urbanizados de interés social (iii) en efectivo, (iv) en bonos, (v) en compensaciones tributarias y (vi) en compensaciones de deudas.
- El cronograma de devolución comprenderá un período de hasta 8 años.
- La prioridad para la devolución será: Primer orden fonavistas mayores de 60 años, segundo orden fonavistas de 50 a 60 años de edad y tercer orden fonavistas menores de 50 años.
Disposiciones reglamentarias
- Se conforma una Comisión Ad-Hoc que se encargará de consolidar la información sobre los aportantes al FONAVI.
- Se reconocen tres fuentes de información: la proporcionada por la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú; la que recabe de la Oficina de Normalización Previsional y de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs; y la que proporcionen los empleadores.
- Todos los procedimientos y registros para la devolución del Fonavi serán gratuitos.
- Se aprueban dos formularios: Formulario 1 de Inscripción al Proceso de Devolución (lo presenta el beneficiario) y Formulario 2 Información de Aportes realizados al Fonavi (debe ser llenado y presentado por el empleador).
- La Comisión oportunamente difundirá el procedimiento para la recepción del formulario de inscripción.
- Finalmente se precisa que las acciones y procedimientos de administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos del Fonavi, serán financiados con cargo al presupuesto del MEF.
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